Es obligatorio entregar el certificado de aptitud del edificio en los actos de transmisión de viviendas, en el caso de que el edificio esté obligado a pasar la inspección.
TRAMITACIÓN DEL ITE:
La tramitación del ITE suele necesitar un plazo de 30 días.
- Inspección del inmueble por parte de un técnico competente. Consiste en una inspección visual del edificio que tiene por objeto determinar el estado del edificio, indicando y calificando las deficiencias existentes así como orientar a la propiedad en las actuaciones a realizar. En ningún caso, tiene por objeto detectar vicios ocultos. Se elabora de acuerdo con el modelo normalizado y el formato aprobado por la agencia de vivienda de Cataluña. Este modelo se puede obtener en la web habitatge.gencat.cat, al trámite correspondiente.
- Obtención del ITE. Es un documento normalizado, aprobado por la Agencia de la Vivienda de Cataluña que describe las características generales del edificio, en el que el técnico tiene que hacer constar su estado de conservación y describir y calificar las posibles deficiencias aparentes, constructivas o funcionales que pueden afectar a los elementos comunes del edificio, aunque se tenga que acceder por zonas de uso privativo.
- Certificado de aptitud. Se emite una vez se haya presentado el informe de la inspección técnica del edificio (código de informe) junto con la solicitud de emisión del certificado de aptitud del edificio, y se haya hecho la revisión administrativa del informe.